REUNIÓN ENTRE REPRESENTANTES DE LOS ESTADOS MIEMBROS DEL SELA Y LA SECRETARÍA PERMANENTE SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LA DECISIÓN N° 527 DEL CONSEJO LATINOAMERICANO REFERIDA A LA VINCULACIÓN DEL SELA CON LA CELAC
Caracas, Venezuela. 03 de abril de 2012 . Sala de reuniones "Andrés Bello" Av. Francisco de Miranda, Torre Europa, piso 5 Urbanización Campo Alegre.

CONSIDERACIONES GENERALES

El SELA constituye, como fue señalado, la primera expresión institucional de una voluntad política por parte de la región - entendida ésta en su más amplia acepción geográfica y política - por contar con un mecanismo regional de decisión propio, independiente de toda otra estructura multilateral, en el marco de la cual, como lo señala el Convenio de Panamá, en su artículo 2, adelantar tareas de “consulta, coordinación, cooperación y promoción económica y social conjunta, de carácter permanente, con personalidad jurídica internacional, integrado por estados soberanos latinoamericanos”.

El SELA, en síntesis, surgió de la necesidad de contar con un foro flexible y pragmático para la acción, en el cual participasen en un pie de igualdad todos los países de América Latina y el Caribe y que respondiera a las exigencias e intereses de la realidad económica, social y política de la región.

El concepto de “sistema” para llevar adelante sus tareas configura, en segundo lugar, una característica institucional única del SELA tanto por las posibilidades de flexibilidad y voluntariado que favorece, como por aquéllas de consulta y coordinación, y por ende de sinergia, que explícitamente propugna.

La trayectoria del SELA en el descargo de estas responsabilidades ha estado naturalmente influenciada por la evolución de la región en su búsqueda de fórmulas eficientes de cooperación, integración y relacionamiento externo, en sus etapas de regionalismo auto-centrado y de regionalismo abierto, así como por el entorno internacional en el cual se ha desenvuelto. En alguna medida puede considerarse que las potencialidades que brinda el Convenio de Panamá no han sido puestas aún a la prueba de un diseño estratégico regional de largo plazo.

La constitución de la CELAC plantea una nueva y bienvenida realidad. Aborda de manera muy pragmática la cuestión institucional regional al descartar la idea de la preeminencia de una cualquiera de las organizaciones que conforman, y de la premisa de construir sobre lo existente, de voluntariado pero también de prioridades convenidas, para alcanzar las cuales se exige un esfuerzo de coordinación, de apoyo mutuo y de sinergias interinstitucionales.

Queda también claramente establecido que corresponde a la Presidencia Pro Tempore de la Comunidad dar los primeros pasos hacia la implementación del Plan de Acción de Caracas 2012, y que será en principio sobre dicha base que los organismos regionales, incluido el SELA, sumarán esfuerzos, debiendo quedar ello reflejado en sus programas de trabajo.