MERCADO INTEGRADO LATINOAMERICANO: OTRA MEDIDA CON MIRAS A PROFUNDIZAR EL MERCADO
24 febrero 2011
Fuente: Publicado por Diario Financiero, Chile
Fuente: Publicado por Diario Financiero, Chile
Santiago, 24 de febrero- En noviembre de 2010 comenzó la marcha blanca del Acuerdo de Mercado Integrado Latinoamericano (MILA) suscrito por las Bolsas de Comercio de Santiago de Chile, de Valores de Colombia y de Valores de Perú. El acuerdo tiene por objeto integrar los servicios financieros ofrecidos por dichas bolsas, mediante la simplificación y garantía de acceso directo para los intermediarios autorizados que operan en cada una de ellas, haciendo más profundos los mercados bursátiles de los países miembros.
Para conseguir este objetivo se han estandarizado las reglas de negociación entre las bolsas, a fin de aumentar el número de emisores, intermediarios e inversionistas que puedan acceder a ellas, reduciendo los costos de transacción desde cada uno de estos países hacia los demás miembros. Esta forma de integración pretende ampliar el volumen de transacciones a realizarse en cada una de las bolsas locales, diversificando los portafolios de inversión. De este modo, los inversionistas locales podrán acceder de manera directa y simplificada a un mayor número de compañías con títulos inscritos de Latinoamérica, ubicándose el MILA como un mercado de valores competitivo, en cuanto al número de participantes y volumen de operaciones.
Esta política, si bien de carácter privado, se vincula a una serie de medidas tomadas por la autoridad chilena con miras a profundizar el mercado de valores local por los beneficios que esto trae aparejado. Sin perjuicio de los beneficios que este acuerdo traerá a los inversionistas, podrían plantearse dudas en cuanto al tratamiento tributario aplicable a las transacciones de valores chilenos efectuados a través de intermediarios o agentes adscritos a las Bolsas de Valores de Colombia y Perú.
Lo anterior pues los regímenes de exención para las ganancias de capital obtenida en la venta de títulos de deuda de oferta pública y acciones con presencia bursátil establecidas en la Ley de la Renta, exigen que la enajenación sea efectuada en una Bolsa de Valores local.
De este modo, es recomendable aclarar el criterio que aplicará la autoridad tributaria chilena para determinar el lugar de perfeccionamiento de esta clase de operaciones a fin de garantizar que la implementación del acuerdo no se vea afectado por consideraciones de tipo tributarias.